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Aspira brindar información que le permita al invitado conocer todo lo relacionado al conflicto, la negociación, los métodos alternativos de solución de conflictos, estrategias, para que fortalezca su capacidad de negociar cuando se vea enfrentado a un conflicto, o que pueda resolverlo sin necesidad de recurrir a otras instancias.

martes, 26 de abril de 2016

viernes, 22 de abril de 2016

Diferencias entre arbitraje y conciliacion, presentado por Ximena Peña

Resumen procedimiento de conciliación, donde se demuestra de comienzo a fin.























Referencia:


Comercio, C. (2008). Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición. In Negociación efectiva en el campo civil, comercial y de familia. Recuperado Abril 22, 2016, http://www.camaramedellin.com.co/site/Portals/0/Documentos/Biblioteca/memorias/conciliaci%C3%B3n-negociaciones-efectivas.pdf

Por: Oswaldo Pistala.
Clases de Conciliacion

A traves de esta presentacion (Clases de Conciliacion) podemos conocer algunas clases de Conciliacion ,elementos de la conciliacion, etc.

Por Martha Castiblanco

La conciliación.

En la siguiente presentacion (La conciliacion) podemos conocer las partes de la conciliacion,caracteristicas de la conciliacion,principios de la conciliacion,procedimiento de la conciliacion, etc.
Por: Martha Castiblanco

jueves, 21 de abril de 2016

DEFINICION DE CONCILIADORES
Es un abogado capacitado en conciliación que se inscribe en un centro de conciliación autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia.

El conciliador no tiene la responsabilidad de resolver el conflicto que presentan las partes, toda vez que es un tercero neutral e imparcial que guía o facilita la comunicación entre las mismas para que lleguen a su mejor acuerdo.

CENTRO DE CONCILIACION
 Es aquel autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para que preste el soporte operativo y administrativo requerido para el buen desarrollo de las funciones de los conciliadores.

Línea de acción de una entidad promotora autorizada por el Gobierno Nacional, para prestar el soporte operativo y administrativo requeridos para el buen desarrollo de las funciones de los Conciliadores y los Árbitros, en el marco del ejercicio de una función pública que no implica la administración de justicia. Lugar donde se llevan a cabo procesos de conciliación y arbitraje.

El Centro de Conciliación, promueve la realización de conciliaciones para contribuir a la solución pacifica, rápida y eficaz de los conflictos.
La entidad promotora (Entidad Pública, Consultorio Jurídico de Universidad o Entidad Sin Ánimo de Lucro) quienes de conformidad con lo estipulado en los artículos 10 y 11 de la Ley 640 de 2001, son las personas jurídicas autorizadas para solicitar ante el Ministerio de Justicia y del Derecho la creación de Centro de Conciliación y/o Arbitraje; el representante legal de la entidad promotora debe efectuar la correspondiente solicitud ante el Ministerio, cumpliendo los requisitos establecidos en el decreto 1829 de 2013.

Una vez radicada la solicitud, el Ministerio, cuenta con un plazo de sesenta (60) días calendario para pronunciarse sobre ese particular, si no cumple requisitos se le requiere para que subsane las falencias y si los cumple se profiere el respectivo acto administrativo en el cual se autoriza la creación del respectivo Centro de Conciliación y/o Arbitraje. 





LOS PROCEDIMIENTOS DE LA CONCILIACIÓN

Para dar buen manejo  de una conciliación de manejos de  conflictos en una organización, siempre se debe llevar mecanismos que den soluciones alternativas, esto con el fin de facilitar un acuerdo de arreglo entre las partes afectadas, uno de estos medios son los procedimientos de conciliación para poder dar una pronta solución. Este proceso nos permite en llegar un arreglo entre las dos partes afectas en el momento, este tipo de proceso siempre debe ir dirigido por un tercero o un mediador  para poder llegar a un buen acuerdo de paz y tranquilidad, este procedimiento está conformado varias partes y fases que son: apertura, identificación del conflicto, negociación y acuerdo esto con el fin de llevar acabo los procesos correspondientes este es uno de los métodos más completos hay  para dar solución a un conflicto presentado.




Elaborado por: Nini Raigoso

miércoles, 20 de abril de 2016

Conciliación





En este vídeo tocaremos el tema de LA CONCILIACIÓN en el cual observaremos:
 - Definición
 - Partes intervinientes
 - Características
 - Efectos
- Procedimiento


 Nota: Tomado de www.youtube.com 

Presentado por: Ximena Paola Peña Soler

LA CONCILIACIÓN  Y SUS CARACTERÍSTICAS


Referencias.

Anónimo. (2014).En la conciliación todos ganan. Recuperado de https://conciliacion.gov.co/portal/conciliacion/conciliacion-definicion. El día 20 de abril de 2016

Anónimo. Historia del conflicto. Recuperado. http://slideplayer.es/slide/3520609/. El día 20 de abril de 2016.


Subido por: Nini Raigoso
Noticias de conciliación

En Colombia cada 24 horas se resuelven cien conflictos de manera dialogada

Entre 2013 y mediados (julio)  del 2014, 73.000 ciudadanos lograron resolver sus problemas gracias a la conciliación, uno de los programas impulsados por el Ministerio de Justicia y del Derecho como parte de su tarea de generar las condiciones necesarias para una paz estable y duradera.

Durante 2013, por ejemplo, un total de 83.118 solicitudes de conciliación fueron atendidas y en 36.642 casos las partes llegaron a un acuerdo amigable gracias a la mediación de los funcionarios que el Ministerio capacita, entrena y avala, y que ofrecen sus servicios en 353 Centros de Conciliación y Arbitraje, autorizados por el Ministerio en todo el país. Así las cosas, cada 24 horas son resueltos cien conflictos  sin necesidad de acudir a desgastantes y costosas batallas jurídicas.

Conflictos civiles como compraventas de bienes, arrendamientos, asuntos de responsabilidad civil, deudas o sociedades, el uso de espacios comunes o cuotas alimentarias, significan el 69% de los casos que son atendidos en estos centros. Mientras que un 29% de las personas atendidas buscaron conciliar asuntos de familia como separaciones de bienes y cuerpos, establecimiento de cuotas alimentarias (cuidado y custodia), regulación de visitas, declaración de la unión marital de hecho, convivencia familiar y disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.

Gracias al trabajo de 44.508 conciliadores en derecho ubicados en Amazonas, Antioquia, Atlántico, Bogotá, Bolívar, Boyacá, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Guaviare, Huila, La Guajira, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca, el 36% de los casos fueron resueltos en menos de una semana. El 31% fue solucionado en un mes, y un 24% tomó entre dos y tres meses para ser remediado.

En total desde que inició este programa del Ministerio de Justicia y del Derecho, se han tramitado 843.281 casos y se han logrado realizar 339.184 conciliaciones en asuntos de familia, de vecinos, civiles, comerciales y penales.

Esta estrategia, que hace parte del Programa de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (Casas de Justicia, Centros de Convivencia Ciudadana, Conciliación en Equidad, Conciliación Extrajudicial en Derecho y Arbitraje) del Ministerio, ha permitido, además de descongestionar los despachos judiciales y aproximar la justicia a la ciudadanía, desarrollar en los colombianos la capacidad de resolver pacíficamente sus diferencias.

Los Centros de Conciliación y Arbitraje son instancias que promueven la solución dialogada, rápida y eficaz de las controversias. Su actividad no implica la administración de justicia y se pueden encontrar en las Casas de Justicia, Unidades de Mediación, Comisarías de Familia, Centros de Conciliación, Cámaras de Comercio, Juzgados, Consultorios Jurídicos, Personerías y Procuradurías para promover conciliación.

La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos creado en la Constitución Política de 1991, por medio del cual, dos o más personas (naturales o jurídicas, de carácter privado, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, por su propia voluntad y con plenos efectos jurídicos, la solución de sus conflictos con la ayuda de un tercero neutral y calificado llamado conciliador.


A través del uso de la conciliación se puede llegar a acuerdos en los cuales se estipulan obligaciones claras, expresas y exigibles en relación con los temas del conflicto que tienen alcances jurídicos tales como: se hace tránsito a cosa juzgada, es decir que no se puede acudir a otras instituciones de justicia por los mismos hechos tratados en las actas de conciliación, ni ser modificados y las obligaciones y los compromisos escritos en el acta, si no se cumplen pueden hacerse cumplir en la justicia ordinaria.


Referencia:

Justicia, M. (2014, julio 14). En Colombia cada 24 horas se resuelven cien conflictos de manera dialogada. en Minjusticia. Consultado el 20 de abril de, 2016, a partir de http://www.minjusticia.gov.co/Noticias/TabId/157/ArtMID/1271/ArticleID/663/En-Colombia-cada-24-horas-se-resuelven-cien-conflictos-de-manera-dialogada.aspx

Por Oswaldo Pistala.